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M芍s tiempo para retener y pagar la parte correspondiente al empleado de los impuestos al Seguro Social diferido en 2020

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El Aviso 2020-65 permite que un empleador difiera la retenci車n y el pago de la parte correspondiente al empleado de los impuestos al Seguro Social sobre ciertos salarios y remuneraciones pagadas a un empleado entre el 1 de septiembre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020. Seg迆n el Aviso, las cantidades diferidas generalmente, deb赤an ser retenidas y pagadas de manera proporcional a partir del 1 de enero de 2021 y el 30 de abril de 2021. Conforme a la secci車n 274 de la Tax Relief Act of 2020 (Ley de Alivio Tributario relacionada con el COVID de 2020) extiende la fecha de vencimiento provista en el Aviso 2020-65 para que los empleadores retengan y paguen la parte correspondiente al empleado de los impuestos al Seguro Social hasta el per赤odo que comienza el 1 de enero de 2021 y termina el 31 de diciembre de 2021. (Dado que el 31 de diciembre de 2021 es un d赤a feriado oficial, los pagos hechos antes del 3 de enero de 2022 se considerar芍n como hechos a tiempo). Los intereses, las multas y las adiciones relacionadas con los impuestos por pago fuera de plazo comenzar芍n a acumularse el 1 de enero de 2022, con respecto a cualquier cantidad no pagada de impuestos diferidos. El Aviso 2021-11 (en ingl谷s) PDF, publicado en IRS.gov el 19 de enero de 2021, modifica el Aviso 2020-65 para reflejar esta fecha de vencimiento extendida.